Sentencia del Tribunal Constitucional 211/2012. Impugnación de la Orden TAS/2926/2002 y su normativa de desarrollo
29 de octubre de 2013Sentencia 509/2012 del Juzgado de lo Social nº 2 con sede en Puerto del Rosario
30 de octubre de 2013Sentencia del Tribunal Constitucional 211/2012. Impugnación de la Orden TAS/2926/2002 y su normativa de desarrollo
29 de octubre de 2013Sentencia 509/2012 del Juzgado de lo Social nº 2 con sede en Puerto del Rosario
30 de octubre de 2013Sentencia nº 1868/2012 del Tribunal Superior de Justicia, Sala de lo Social, de Las Palmas de Gran Canaria, de fecha 18/10/2012. El trabajador sufrió un desvanecimiento con pérdida de conocimiento y convulsiones durante su jornada laboral en la oficina, siendo trasladado en ambulancia al Hospital. El trabajador ingresa tras parada cardiorespiratoria, falleciendo el día siguiente. La Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social extiende acta de infracción a la empresa.
La Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social efectúa propuesta de recargo del 30% de prestaciones de seguridad social por incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales con ocasión del accidente de trabajo. El INSS dicta resolución en virtud de la cual declara la responsabilidad de la empresa del pago de un recargo del 30% sobre las prestaciones de Seguridad Social por el accidente del trabajador. La empresa demanda solicitando se declare nula y deje sin efectos la resolución impugnada y la sentencia de instancia estima la demanda al considerar que no existe infracción concreta de la empresa de medida de seguridad de forma intencional o culposa, y no se ha demostrado la relevancia de la infracción en el resultado lesivo acreditado al trabajador. Frente a la misma se alza la viuda del trabajador fallecido mediante recurso de suplicación, a fin de que, revocada la de instancia sea desestimada la demanda. Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social de Las Palmas de Gran Canaria, en procedimiento seguido a instancia de la empresa contra la recurrente, el INSS y la TGSS, que confirma el Tribunal Superior de Justicia.