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Guía de Buenas Prácticas Empresariales en Accesibilidad

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El diseño del pasamanos debe atenerse a las siguientes especifi-

caciones y relaciones dimensionales:

El pasamanos será firme, con rigidez suficiente, sin oscila-

ciones del conjunto que puedan transmitir inseguridad a los

usuarios.

Su sistema de sujeción será inferior y no lateral, para no inter-

ferir el paso continuo de la mano.

El pasamanos será fácil de asir y estará separado del para-

mento al menos 4 cm.

Ha de contrastar cromáticamente con el entorno para mejor

uso.

5.2.4.3 Ascensores y otros sistemas de elevación

El Código Técnico de la Edificación (CTE) es el marco normativo

por el que se regulan las exigencias básicas sobre Accesibilidad

Universal que deben cumplir los edificios, incluidas sus instala-

ciones y los elementos del entorno del edificio que formen parte

del proyecto de edificación. Así, en su apartado de accesibilidad

y en el de protección frente a incendios, establece algunas de las

condiciones que deben cumplir los ascensores.

Los centros de trabajo dispondrán de itinerarios accesibles que

comuniquen, mediante ascensor accesible o rampa accesible, al-

guna entrada accesible al edificio con las plantas del edificio que

contengan zonas de uso público, áreas de trabajo o elementos ac-

cesibles, tales como plazas de aparcamiento accesibles, servicios

higiénicos accesibles, plazas reservadas en salones de actos y en

zonas de espera con asientos fijos, puntos de atención accesibles,

etc.

El Código Técnico de la Edificación indica que un ascensor acce-

sible es el que cumple la norma UNE-EN 81-70:2004 relativa a la

“Accesibilidad a los ascensores de personas, incluyendo personas

con discapacidad”, así como las condiciones para la botonera y las

dimensiones de la cabina que se establecen más adelante.

Como dotación de instalaciones de protección contra incendios,

la normativa vigente fija que es obligatorio disponer de ascensor

de emergencia en las plantas cuya altura de evacuación exceda

de 28 m. Con la excepción de edificios de uso hospitalario que la

obligación recae en sus zonas de hospitalización y de tratamiento

intensivo cuya altura de evacuación es mayor que 15 m.

A. RECOMENDACIONES PARA LOS ASCENSORES

Los ascensores y otros sistemas de elevación son esenciales para

que las personas puedan realizar desplazamientos a distinto ni-

vel en los centros de trabajo. Pero, para que puedan ser utilizados

por todos, deben cumplir una serie de especificaciones que ha-

gan accesible y seguro su uso.

El ascensor accesible no solo garantiza la accesibilidad sino que

proporciona muchas ventajas, por su seguridad y prestaciones,

en comparación con una rampa, que sólo es óptima para salvar

pequeños desniveles. Sin embargo, el mantenimiento correctivo

de los ascensores, por su carácter de aleatorio, puede impedir a

las personas de movilidad reducida su uso durante un cierto pe-

riodo, comprometiendo la accesibilidad de las mismas. No debe

ser el caso del mantenimiento preventivo (periódico) que debe

realizarse en horarios de muy baja o nula ocupación del centro

de trabajo.

El ascensor debe cumplir con unas especificaciones relacionadas

con:

Las condiciones de su acceso desde la planta, donde prevale-

ce la señalización que facilite su localización y especialmente

la identificación de las puertas.

Las dimensiones de la cabina que determinan su accesibili-

dad.

Los dispositivos de control del mismo, tanto exteriores como

interiores.

Los dispositivos de información y de comunicación, necesa-

rios durante las incidencias en el servicio y en el caso de una

emergencia.

• Acceso al ascensor

Las especificaciones que facilitan su localización son:

La señalización direccional es relevante en edificios de gran-

des dimensiones donde la localización visual de estos ele-

mentos no es inmediata.

La señalización informativa como ascensor accesible median-

te el Símbolo Internacional de Accesibilidad (SIA), obligatoria

en todos los casos según CTE.

La señalización identificativa mínima obligatoria (CTE) del

número de planta en la jamba derecha en sentido salida de la

cabina, en braille y arábigo en alto relieve, dispuesto a una al-

tura entre 0,80 y 1,20m. Se considera buena práctica el incor-

porarlo en ambos lados. Igualmente, es relevante informar de

los niveles que no comunica.

Es buena práctica que la parte frontal del ascensor contraste

cromáticamente con los paramentos de su entorno, para ayu-

dar a su localización.

Las especificaciones para las puertas de los ascensores son:

Las puertas deben ser de funcionamiento automática, el sis-

tema dispondrá de un mecanismo de cierre ralentizado, que

detecte la presencia mediante células fotoeléctricas o simila-

res a diferentes alturas, para facilitar el acceso a las personas

con movilidad reducida o usuarias de silla de ruedas.

Se recomienda dotar a las puertas del ascensor con zonas

acristaladas que permitan a las personas sordas un contacto

visual con el exterior, para evitar su aislamiento en el caso de

avería del mismo u otra circunstancia que lo inmovilice.